04 de agosto de 2025:
- La Autoridad Bancaria Europea (“European Banking Authority” o “EBA”) ha publicado el informe final del borrador de normas técnicas de regulación (RTS), sobre los siguientes aspectos:
i) el establecimiento de una taxonomía de riesgos operativos que cumpla con las normas internacionales y una metodología para clasificar los eventos de pérdida incluidos en el conjunto de datos de pérdidas basada en dicha taxonomía de riesgos de conformidad con el artículo 317, apartado 9, del Reglamento (UE) 575/2013 (CRR);
ii) la especificación de la condición de “indebidamente oneroso” para el cálculo de la pérdida anual por riesgo operativo con arreglo al artículo 316, apartado 3, del Reglamento (UE) 575/2013;
iii) la especificación de cómo las entidades determinarán los ajustes de su conjunto de datos sobre pérdidas tras la inclusión de las pérdidas de entidades o actividades fusionadas o adquiridas, de conformidad con el artículo 321, apartado 2, del Reglamento (UE) 575/2013 (Ref: EBA/RTS/2025/03).
EBA ha desarrollado una taxonomía de riesgos en consonancia con el marco del Reglamento (UE) 2019/876 (CRR 2), con el objetivo de mantener la alineación con la práctica actual de la mayoría de las instituciones.
Esta taxonomía se basa en tipos de eventos de nivel 1 y categorías de nivel 2, que conservan su cualidad de ser mutuamente excluyentes y colectivamente exhaustivos.
05 de agosto de 2025:
Este informe tiene por objeto especificar con mayor detalle el tratamiento del capital pertinente en el marco del riesgo de crédito, incluido el riesgo de crédito de contraparte (CCR), el riesgo de mercado (MR) y el riesgo de ajuste de valoración crediticia (CVA) para las exposiciones contempladas en el artículo 501d, apartado 2.
Asimismo, los borradores de RTS incluyen los elementos técnicos pertinentes sobre el uso de la compensación, la agregación de posiciones largas y cortas, los criterios para permitir el reconocimiento de coberturas para otros criptoactivos y las fórmulas subyacentes pertinentes para calcular el valor de exposición de los criptoactivos para el tratamiento del CCR y el MR.
06 de agosto de 2025:
En virtud del artículo 124, apartado 14, del CRR, EBA tiene el mandato de especificar qué constituye un mecanismo jurídico equivalente para garantizar que la propiedad en construcción se complete en un plazo razonable. El enfoque adoptado en esta norma reconoce la garantía de finalización de la construcción cuando es exigida legalmente en el país en el que se construye el inmueble residencial y cumple con las salvaguardias específicas que garantizan su exigibilidad y la mitigación del riesgo.
A tal fin, las normas técnicas de regulación establecen los requisitos mínimos de solvencia, las condiciones esenciales para la garantía y el ámbito de aplicación de este mecanismo jurídico equivalente.
18 de agosto de 2025:
Los borradores de normas técnicas proponen cuatro factores que deben tenerse en cuenta como limitaciones a la capacidad de las instituciones para cancelar un compromiso cancelable incondicionalmente, relacionados con los procesos de gestión de riesgos, las consideraciones comerciales y los riesgos reputacionales y de litigios.
Los cuatro factores propuestos constituyen un punto de partida a considerar por las entidades. La metodología para evaluar si estos factores realmente limitan la capacidad de las entidades para cancelar los compromisos incondicionalmente cancelables no se especifica en el borrador de normas técnicas.
15 de julio de 2025:
La sentencia versa sobre precios de transferencia en el marco de un cash pooling físico en el que participaba la filial española de un grupo extranjero.
En el caso analizado, con el fin de unificar la gestión de tesorería, se realizaba diariamente un barrido de los saldos positivos de las cuentas de las filiales en una cuenta de concentración. Y, en caso de requerir alguna de las filiales financiación, estas recibían entradas en sus cuentas de tesorería desde la cuenta de concentración.
Los saldos así intercambiados devengaban intereses en todos los casos, pero la retribución de las filiales era sistemáticamente inferior a la del ente de centralización, lo que ya era un indicio de que los precios diferían de los que se hubieran obtenido en un mercado abierto, competitivo y sin restricciones.
A esta consideración se sumó la constatación de que el ente de centralización no llevaba a cabo funciones financieras, sino meramente administrativas, y que el nivel de riesgo creditico dentro del grupo era común dentro del grupo.
En base a lo anterior, no se podía justificar un mayor coste a soportar por las filiales, como sí hubiera sido aceptable de existir margen para la distinción entre préstamos y depósitos.
02 de julio de 2025:
La nueva guía sustituye las directrices de 2021 y tiene por objeto introducir mayor proporcionalidad y flexibilidad.
08 de julio de 2025:
El borrador de las directrices establece qué acuerdos con los proveedores de servicios externos (TPSPs) deben tenerse en cuenta para una gestión adecuada de los riesgos de terceros y proporciona criterios para la identificación de funciones críticas o importantes que tienen un impacto significativo en el perfil de riesgo de la entidad financiera.
Si dichas funciones críticas o importantes son desempeñadas por TPSP, se aplicarán requisitos más estrictos a estos acuerdos con terceros que a otros acuerdos con terceros.
09 de julio de 2025:
EBA propone modificar nuevamente el Reglamento Delegado (UE) 241/2014 de la Comisión en lo que respecta al plazo para la presentación de solicitudes de autorizaciones previas ad hoc y generales para la reducción de los fondos propios y los instrumentos de pasivo admisibles.
09 de julio de 2025:
El informe establece recomendaciones para que la EBA aborde los aspectos relacionados con el “greenwashing” en el marco de la supervisión prudencial y de conducta, en particular mediante la actualización de las Directrices sobre supervisión y gobernanza de productos (Directrices POG; EBA/GL/2015/18) existentes de EBA, que esta publicó en 2015 con el fin de regular los procesos internos, las funciones y las estrategias destinados a diseñar productos bancarios minoristas, comercializarlos y revisarlos a lo largo de su ciclo de vida.
10 de julio de 2025:
El proyecto de RTS se estructura en torno a dos aspectos principales: (1) establecimiento y funcionamiento de los supervisores, y (2) requisitos para la cooperación y el intercambio de información en los casos en que no sea necesario establecer supervisores.
10 de julio de 2025:
El artículo 48e, apartado 2, de la Directiva (UE) 2013/36 establece los tipos de instrumentos que pueden utilizarse en caso de resolución o liquidación de la entidad de crédito, y el artículo 48e, apartado 3, de la Directiva (UE) 2013/36 exige que se depositen en una cuenta de garantía bloqueada.
Para cumplir el requisito, además del efectivo o los instrumentos asimilados al efectivo y los títulos de deuda emitidos por los gobiernos o los bancos centrales de los Estados miembros de la UE, podría utilizarse cualquier otro instrumento que esté a disposición de las sucursales de terceros países (TCB), para su uso inmediato y sin restricciones, con el fin de cubrir riesgos o pérdidas tan pronto como se produzcan.
10 de julio de 2025:
El artículo 48h de la CRD exige a EBA que elabore proyectos de normas técnicas de regulación (RTS) para especificar las modalidades de contabilización que deben aplicar las sucursales de terceros países a los efectos de dicho artículo.
En particular, EBA debe especificar: a) la metodología para identificar y llevar un registro completo y preciso de los activos y pasivos contabilizados por la sucursal de terceros países en el Estado miembro; y b) la metodología para identificar y llevar un registro de las partidas fuera de balance y de los activos y pasivos originados por la sucursal de un tercer país y contabilizados o mantenidos a distancia en otras sucursales o filiales del mismo grupo en nombre o en beneficio de la sucursal de un tercer país.
16 de julio de 2025:
El manual aborda la secuencia general de desarrollo de los ejercicios estructurados de simulación (“structured simulation exercises“ o “SimEx”), desde la iniciación hasta la planificación, la preparación, la ejecución y el cierre, y promueve una taxonomía común sobre pruebas, ejercicios de simulación y ensayos generales.
23 de julio de 2025:
El informe desarrolla el mandato conferido por el artículo 21 quater, apartado 6, de la Directiva (UE) 2013/36 (CRD) a la EBA, en consulta con la ESMA y la EIOPA, para evaluar si es oportuno ampliar la posibilidad de que las empresas de terceros países presten servicios bancarios básicos directamente desde terceros países.
28 de julio de 2025:
El informe revela un complejo panorama de riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (BC/FT) influenciado por la rápida innovación tecnológica, la reforma normativa y los cambios en los comportamientos delictivos, en los que las tecnologías FinTech, RegTech e IA son fundamentales en estos avances.
Sin embargo, las conclusiones de la EBA sugieren que el impulso del sector hacia la innovación y el crecimiento puede estar superando su capacidad para gestionar los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, dejando especialmente expuestas a empresas de los sectores de las entidades de crédito, las entidades de pago y el dinero electrónico.
30 de julio de 2025:
Esta consulta presenta el borrador de las normas técnicas de implementación y propone , en el que se proponen dos conjuntos de plantillas: requisitos de información relativos a las propias sucursales de terceros países (TCB) y requisitos de información relativos a su matriz. En ambos casos, las entidades obligadas a informar son las propias sucursales de terceros países (TCB).
07 de agosto de 2025:
Las directrices completan las diversas disposiciones de gobernanza de la Directiva CRD, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, al especificar las tareas, responsabilidades y organización del órgano de dirección, así como la organización de las entidades, incluida la necesidad de crear estructuras transparentes que permitan la supervisión de todas sus actividades.
Las directrices tienen por objeto garantizar una gestión sólida de los riesgos.