| Legal Flash! | Octubre 2020 | Reforma de la Ley del suelo en la Comunidad de Madrid  |

  1. INTRODUCCIÓN

En el día de ayer, 15 de octubre de 2020, fue publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 1/2020, de 8 de octubre por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (“CAM”) para el impulso y reactivación de la actividad urbanística (la “Ley del Suelo”), modificación aprobada el pasado 2 de octubre por la Asamblea de la CAM.

La modificación de la Ley del Suelo introduce medidas priorizando los mecanismos de declaración responsable y comunicación previa para aquellas actuaciones que, por su idiosincrasia, no tienen la necesidad de ser objeto de control mediante un acto reglado como es el del otorgamiento de una licencia urbanística. Sigue la senda de otras Comunidades Autónomas como Andalucía (Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva).

El análisis que se desarrolla a continuación resume aquellas cuestiones jurídicas que razonablemente se han considerado relevantes en el contexto de la entrada en vigor de la referida reforma. Por tanto, los resúmenes del mismo aquí expuestos no pretenden sustituir el análisis exhaustivo de su contenido. La falta de comentarios sobre cualquier materia (o la ausencia de cualquier asunto) no debe ser interpretada como un comentario u opinión implícita sobre la materia en concreto. Será necesario en todo caso realizar un estudio detallado pormenorizado de las particulares circunstancias de cada procedimiento urbanístico concreto para poder valorar el tratamiento que deba darse en cada caso.