A. Normativa

13 de febrero de 2023:

Ambos reglamentos son modificaciones de los plazos durante los cuales se eximió a los derivados OTC celebrados dentro de un grupo de las obligaciones de intercambio de garantías y de compensación en una entidad de contrapartida central (CCP) mientras se negociaban los acuerdos de equivalencia con países terceros previstos en el art. 13.2 del Reglamento (UE) 648/2012 (EMIR). Los plazos se extienden a 30 de junio de 2025, pues sólo se han cerrado ocho acuerdos de equivalencia en materia de intercambio de garantías y ninguno sobre compensación de derivados OTC a través de una CCP. Esta podría ser una de las materias potencialmente afectadas por EMIR 3, ya que la exigencia de los referidos acuerdos de equivalencia no ha dado los resultados esperados.

14 de febrero de 2023:

La European Securities and Markets Authority (ESMA) ha hecho público el (MoU) cerrado con la Superintendencia Financiera de Colombia y ha actualizado la lista de entidades de contrapartida central (CCPs) reconocidas de terceros Estados, lo que beneficia a la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia.

B. Jurisprudencia

24 de enero de 2023:

Materia: Reiteración de doctrina sobre la imposibilidad de que la infracción de deberes de transparencia funde la declaración de nulidad de pleno derecho de un contrato de permuta financiera.

C. Otras publicaciones de interés

23 de enero de 2023:

La Comisión Europea ha publicado la modificación del Reglamento Delegado (UE) 2015/63 sobre las contribuciones ex ante a los mecanismos de financiación de la resolución de acuerdo con lo previsto en la Directiva sobre reestructuración y resolución bancarias (2014/59/UE).

El artículo 5, apartados 3 y 4, del Reglamento Delegado (UE) 2015/63 exige que el valor de los pasivos derivados de contratos de derivados se calcule de conformidad con los artículos 429, 429 bis y 429 ter del Reglamento (UE) 575/2013 sobre requisitos de capital, utilizando un método de valoración a precios de mercado, conocido como método de la exposición actual (MEC). El Reglamento (UE) 2019/876 (CRR II) sustituyó esos artículos como parte de la introducción del método estándar para el riesgo de crédito de contraparte (SA-CCR).

El nuevo método de cálculo de los pasivos con arreglo al SA-CCR no es adecuado a efectos del Reglamento Delegado (UE) 2015/63. Por ello, la modificación reintroduce el MCE, denominado “método de exposición simplificado”, e inserta disposiciones equivalentes a los art. originales del RRC en el Reglamento Delegado (UE) 2015/63 como artículos 5 bis a 5e.

El Consejo de la UE y el Parlamento Europeo examinarán la propuesta que, en caso de no oposición, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y se aplicará retroactivamente a partir del 1 de octubre de 2022.

23 de enero de 2023:

La European Securities and Markets Authority (ESMA) ha publicado un informe preliminar de datos y una carta a la Comisión Europea sobre la introducción del mecanismo de corrección del mercado (MCM). El MCM se estableció en virtud del Reglamento (UE) 2022/2578 con el fin de prevenir y hacer frente a los precios excesivamente altos imponiendo un límite máximo a determinadas transacciones de gas natural en derivados. Se aplicará a partir del 15 de febrero de 2023.

En el informe, ESMA señala no haber detectado cambios en el mercado que pueda atribuirse “inequívoca y directamente” al Reglamento. Sin embargo -según ESMA- es probable que los participantes en el mercado se adapten al MCM reorientando su actividad de negociación hacia contratos, centros y tipos de ejecución no afectados (por ejemplo, trasladando la negociación a mercados OTC o a centros no pertenecientes a la UE). El informe también examina el posible efecto del MCM en las entidades de contrapartida central (CCPs) y en el ecosistema de compensación general, en particular a través de las peticiones de márgenes de las CCPs y las necesidades de liquidez de los miembros compensadores y sus clientes. ESMA debe elaborar un análisis más detallado que evalúe los efectos del MCM en los mercados financieros y energéticos y en la seguridad del suministro antes del 1 de marzo de 2023.

Por otra parte, en una carta dirigida a la Comisión Europea, la ESMA hace referencia a ciertas ambigüedades en relación con el funcionamiento del MCM.

26 de enero de 2023:

La International Swaps and Derivatives Association (ISDA) ha hecho públicas las ISDA Digital Asset Derivatives Definitions. Estas definiciones pretenden documentar las compraventas a plazo y las opciones liquidadas por diferencias referenciadas a Bitcoin (BTC) o Etherum (ETH) que se formalicen en confirmaciones sujetas a los contratos marco de ISDA.

Es de interés destacar que las definiciones han sido diseñadas bajo un formato que permite su formalización mediante infraestructuras basadas en la tecnología de registro distribuido (DLT).

31 de enero de 2023:

La International Organization of Securities Commissions (IOSCO) ha publicado una versión revisada de sus Principios para la regulación y supervisión de los mercados de derivados sobre materias primas, que se dieron a conocer por primera vez en 2011. Las modificaciones tienen por objeto garantizar que los 24 Principios revisados sigan proporcionando un marco sólido para la regulación y supervisión de los mercados de derivados sobre materias primas.

1 de febrero de 2023:

La European Securities and Markets Authority (ESMA) ha hecho público su informe sobre la modificación de las obligaciones de negociación y de compensación de derivados OTC. La oportunidad de este informe se justifica por la pronta desaparición del LIBOR del USD, lo que comportará en la práctica un hito esencial en la reforma de los índices de referencia. Al hilo de estas innovaciones es conveniente redefinir qué tipos de derivados OTC, índices y plazos deben considerarse suficientemente líquidos para negociarse en plataformas y cuáles estarán sujetos a la obligación de compensación en una entidad de contrapartida central (CCP).

10 de febrero de 2023:

La International Swaps and Derivatives Association (ISDA) y el Institute of International Finance (IIF) han hecho públicos diversos comentarios al IOSCO Discussion Report on Voluntary Carbon Markets (VCM), así como al informe titulado Consultation Report on Compliance Carbon Markets (CCM). En la respuesta común, se destacan los aspectos siguientes: (i) la implicación de los distintos reguladores de los mercados financieros, así como de los mercados de valores, (ii) la necesidad de profundizar en la estandarización del mercado; (iii) clarificar el marco legal y regulatorio, y (iv) considerar las interacciones entre los mercados voluntarios de derechos de emisión y los obligatorios.

27 de febrero de 2023:

La European Banking Authority (EBA) ha publicado una carta para no dar prioridad supervisora a la normativa sobre las relaciones entre el “trading book” y el “banking book”. La decisión se enmarca en la normativa sobre el capital regulatorio CRR III, cuya negociación aún está en curso, y contiene una modificación para diferir la aplicación de esta medida del 28 de junio de 2023 al 1 de enero de 2025. En esencia, la referida normativa es de relevancia porque los instrumentos financieros incluidos en el “trading book” están sujetos a requisitos de capital por riesgo de mercado, mientras los incluidos en el “banking book” están sujetos a requisitos de capital por riesgo de crédito.