A. Normativa

09 de febrero de 2024:

La European Securities Market Authority (ESMA) ha publicado la traducción oficial de las Directrices siguientes:

Ahora, las distintas autoridades nacionales competentes deberán comunicar si las aplicaran a partir del 9 de abril de 2024.

B. Jurisprudencia

13 de diciembre de 2023:

En enero se ha dado a conocer esta nueva sentencia relativa a los diversos juicios relativos a la falta de capacidad de los entes locales italianos para celebrar SWAPs y su subsiguiente nulidad.

El caso reviste una especial importancia desde la óptica del Derecho Internacional Privado, pues el municipio de Venecia aducía que las transacciones debían calificarse como especulativas o bien como un tipo de endeudamiento, bajo derecho italiano. Sin embargo, el tribunal entiende que, si bien es cierto que la capacidad del municipio se somete a derecho italiano, estas calificaciones deben llevarse a cabo bajo derecho inglés, sin aplicar los indicios consagrados en derecho italiano al respecto, y concluye que no son procedentes. En consecuencia, se mantiene la validez de las operaciones.

Para entender la posición del municipio italiano, debe tenerse en cuenta que el SWAP original era un IRS celebrado en 2002 bajo los modelos ISDA que se reestructuró en 2007, incorporando un importante mark-to-market negativo, aunque siguió teniendo una finalidad de cobertura. Este último dato es el que permitió a la corte descartar la naturaleza especulativa o de endeudamiento del instrumento.

La sentencia original establecía, tras declarar nulo el derivado, que el municipio de Venecia podía reclamar la restitución de los pagos efectuados. No obstante, dicho repago se limitó por la aplicación de la defensa llamada “change of position”, que permitía los bancos deducir los pagos de los SWAPs de cobertura (back-to-back hedging swaps). Básicamente se trata de un tipo de defensa basada en hechos propios, pues las partes habían estado vinculadas por el SWAP durante 13 años si tener en cuenta su eventual nulidad. La viabilidad de esta defensa se ha mantenido en la segunda instancia.

Por último, se mantuvieron también las conclusiones de la sentencia de primera instancia respecto de la ley aplicable a la reclamación de restitución y que forma parte de las consecuencias de la declaración de nulidad. Nótese, sin embargo, que el argumento no se basó en el art. 8.1 del Reglamento de Roma I (que parte en primer lugar de la elección del derecho aplicable por pacto), sino en la aplicación de la doctrina inglesa que somete esta área al derecho del Estado con una conexión más estrecha directamente. Aquí la conclusión fue la misma, pero deben destacarse los diferentes métodos para determinar la ley putativa del contrato en caso de nulidad.

C. Otras publicaciones de interés

16 de enero de 2024:

El Basel Committee on Banking Supervision (BCBS) ha publicado una consulta sobre transparencia y capacidad de respuesta del margen inicial en los derivados compensados a través de una Cámara de Contrapartida Central (CCP), así como en modelos no centralizados.

Esta consulta presenta una serie de propuestas destinadas a aumentar la resistencia del sistema en momentos de tensión en los mercados. Las propuestas buscan mejorar la comprensión por parte de los participantes del mercado de los cálculos del margen inicial y de los posibles requisitos futuros en materia de márgenes.

16 de enero de 2024:

En concreto, se analizan el uso de derivados, las operaciones de financiación de Valores y las transacciones no garantizadas con una duración residual de menos de seis meses con contrapartes y holdings financieros.

En el informe se valora la situación actual y se descarta introducir futuros cambios normativos.

29 de enero de 2024:

En el informe se identifican las posibles consideraciones de política y riesgos asociados con la utilización y la oferta de PTRRS asociados con derivados OTC, y se incluyen buenas prácticas como orientación para los miembros del a OICV y las entidades reguladas de PTRRS.