A. Normativa

11 de septiembre de 2023:

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1718 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2023, por el que se modifican las normas técnicas de ejecución establecidas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2197 con respecto a las divisas estrechamente correlacionadas con arreglo al Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El objetivo del Reglamento es garantizar que los pares de divisas reflejen la correlación real entre las divisas, por lo que es necesario actualizar la lista de divisas estrechamente correlacionadas sobre la base de los datos recientes.

Estos datos se refieren al 31 de marzo de 2023 como la fecha final para el cálculo de las series de datos de tres y cinco años necesarias para evaluar los pares de divisas.

26 de septiembre de 2023:

Reglamento (UE) 2023/1803 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2023, por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.

26 de septiembre de 2023:

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2056 de la Comisión de 26 de septiembre de 2023 por el que se modifican las normas técnicas de ejecución establecidas en el Reglamento de Ejecución (UE) nº 945/2014 de la Comisión lo que respecta a la actualización de la lista de los índices pertinentes debidamente diversificados, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (RCC).

Dichos índices bursátiles son los empleados en el Reglamento (UE) 575/2013 (RRC) para calcular los requisitos de capital por riesgo de la renta variable de acuerdo con las normas estandarizadas.

29 de septiembre de 2023:

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2083 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2023, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del artículo 16.1 de la Directiva (UE) 2021/2167 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las plantillas que deben utilizar las entidades de crédito para facilitar a los compradores información sobre sus exposiciones crediticias en la cartera bancaria.

El objetivo es proporcionar una norma común para las operaciones sobre NPL en la UE, permitiendo comparar entre países y, por tanto, reduciendo las asimetrías de información entre los vendedores y los compradores de NPL.

Las plantillas se usarán por los bancos para informar detalladamente sobre sus exposiciones crediticias en la cartera bancaria a los compradores para el análisis, la due diligence financiera y la valoración de los contratos de crédito morosos, o los derechos de los acreedores en dichos contratos.

30 de octubre de 2023:

Directiva (UE) 2023/2225 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/CE.

La Directiva (conocida como DAC II) moderniza y mejora la protección en la UE de los consumidores que solicitan un crédito y abarca los contratos de crédito de hasta 100.000 euros. La norma cubre préstamos excluidos del ámbito de aplicación de la DAC I, como los inferiores a 200 euros, los ofrecidos en plataformas de crowdlending y los productos “compre ahora, pague después”.

B. Jurisprudencia

04 de septiembre de 2023:

Se discute la homologación del plan de reestructuración que han propuesto los acreedores del Grupo Celsa ante su situación de insolvencia. Es una sentencia relevante debido a la importancia del grupo de sociedades del que se trata y por ser una de las primeras sentencias que aborda el nuevo marco preconcursal establecido en el Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

En virtud de esta sentencia, y tras numerosas oposiciones realizadas por los accionistas del Grupo Celsa y por algún acreedor del grupo, el Juzgado homologa el plan de restructuración propuesto por los acreedores del Grupo Celsa, extendiendo así los efectos del plan de reestructuración a los acreedores no participantes del plan, a los accionistas del Grupo Celsa y a los deudores (las sociedades del Grupo Celsa que correspondan). Entre las medidas del plan de reestructuración, destaca la capitalización de ciertos importes de la deuda pendiente mediante atribución del 100% del capital social de ciertas sociedades del Grupo Celsa a los acreedores titulares de dicha deuda, de manera que los acreedores pasan a ser accionistas de estas sociedades en sustitución de los actuales accionistas.

C. Otras publicaciones de interés

6 de septiembre de 2023:

La Comisión Europea ha adoptado el Reglamento Delegado C(2023) 5912 que contiene las normas técnicas a usar por las entidades de crédito al notificar sus exposiciones frente a entidades bancarias en la sombra, tal como exige el Reglamento 575/2013/UE (RRC).

Estas normas establecen criterios para la identificación de las entidades bancarias en la sombra, garantizando la armonización y comparabilidad de las exposiciones notificadas por las entidades de crédito. Las normas también proporcionarán a los supervisores datos sólidos para evaluar los riesgos de los bancos en relación con los intermediarios financieros no bancarios.

Esto reforzará el marco prudencial, permitiendo una mayor transparencia de los vínculos materiales entre el sector bancario tradicional y el sector bancario en la sombra.

12 de septiembre de 2023:

El European Parliament’s Economic and Monetary Affairs Committee (ECON) ha publicado un Proyecto de informe 2023/0113 (COD)) (el Informe) sobre la propuesta legislativa de la Comisión Europea de Directiva por la que se modifican la Directiva sobre rescate y resolución bancarios (2014/59/UE) (BRD) y el Reglamento (UE) 806/2014, sobre el Single Resolution Mechanism (SRM), en relación con determinados aspectos del requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles (MREL).

El Informe sugiere varias modificaciones a la propuesta de Directiva de la Comisión.

Las modificaciones de la BRRD y del SRM eliminarían la obligación de que las autoridades de resolución establezcan el MREL para las entidades en liquidación en determinadas circunstancias.

Las autoridades de resolución también tendrían una facultad discrecional para fijar MREL internos sobre una base consolidada a una filial de una entidad de resolución.

22 de septiembre de 2023:

La European Banking Authority (EBA) ha puesto en marcha su ejercicio de transparencia 2023 para toda la UE.

Espera que participen unos 124 bancos. Como en años anteriores, los datos abarcarán las posiciones de capital, la rentabilidad, los activos financieros, los importes de las exposiciones al riesgo, las exposiciones soberanas y la calidad de los activos.

EBA publicará los resultados del ejercicio en diciembre de 2023.

03 de octubre de 2023:

El Basel Committee on Banking Supervision (BCBS) ha publicado una actualización de los progresos realizados en la aplicación del marco de Basilea III.

La actualización se centra en las normas pendientes de Basilea III (Basilea 3.1) y refleja datos a finales de septiembre de 2023.

El BCBS señala que se han realizado grandes progresos desde su anterior informe de octubre de 2022. La mayoría de las jurisdicciones miembros están en proceso de aplicar las normas de Basilea 3.1 y han publicado proyectos de normas para consulta. Aproximadamente un tercio de las jurisdicciones miembros han aplicado todas o la mayoría de las normas.

El BCBS afirma que todas las jurisdicciones miembros tienen la intención de haber implementado todas o la mayoría de las normas de Basilea 3.1 para finales de 2025. Mientras tanto, seguirá supervisando su aplicación.

03 de octubre de 2023:

Las principales prioridades son: (i) aplicar el paquete bancario de la UE; (ii) vigilar la estabilidad y la sostenibilidad financieras en un contexto de aumento de los tipos de interés y de la incertidumbre; (iii) proporcionar una infraestructura de datos al servicio de las partes interesadas; (iv) desarrollar la capacidad de vigilancia y supervisión de la resiliencia operativa digital y de los mercados de criptoactivos; (v) preparar el salto al nuevo marco contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo; y (vi) procurar por la innovación y por los consumidores.

EBA está llevando a cabo 19 actividades en 2023 para avanzar en estas prioridades estratégicas. Estas actividades se agrupan en las siguientes categorías: política y convergencia, evaluación de riesgos y datos, coordinación y apoyo a la gobernanza.

05 de octubre de 2023:

El European Parliament’s Economic and Monetary Affairs Committee (ECON) del Parlamento Europeo ha publicado tres proyectos de informe sobre las propuestas legislativas de la Comisión Europea para modificar el marco de gestión de crisis bancarias y de garantía de depósitos (CMDI) de la UE:

  • Una propuesta de modificación de la Directiva 2014/59/UE, sobre rescate y resolución bancarios, medidas de intervención temprana, condiciones para la resolución y financiación de la acción de resolución (2023/0112(COD));
  • Una propuesta de modificación del Reglamento (UE) 806/2014, sobre el Mecanismo Único de Resolución, relativa a las medidas de intervención, las condiciones de resolución y la financiación de la acción de resolución (2023/0111(COD)); y
  • Una propuesta de modificación de la Directiva 2014/49/UE, relativa a los sistemas de garantía de depósitos, en lo que respecta al alcance de la protección de los depósitos, la utilización de los fondos de los sistemas de garantía de depósitos, la cooperación transfronteriza y la transparencia (2023/0115(COD)).

La Comisión adoptó las propuestas legislativas en abril de 2023, como ya se informó en este boletín.

12 de octubre de 2023:

La European Banking Authority (EBA) ha publicado un informe sobre el papel de los riesgos medioambientales y sociales en el marco prudencial (EBA/REP/2023/34).

La EBA sostiene que los riesgos medioambientales y sociales cambiarán el perfil de riesgo de la banca. Ello afecta a categorías tradicionales de riesgos financieros, como los de crédito, de mercado y operativos, lo que puede afectar tanto a los riesgos que afrontan las entidades individuales como a la estabilidad financiera deel sistema financiero.

Recomienda mejoras para acelerar la integración de riesgos medioambientales y sociales en el Pilar 1.

La EBA también analiza el uso de herramientas macroprudenciales y explica por qué no apoya la introducción de un factor de apoyo verde o de factores penalizadores marrones en esta fase.

La EBA propone modificar el Reglamento 575/2013/UE (CRR III) y la propuesta de Directiva por la que se modifica la Directiva 2013/36/UE (CRD VI) para introducir los riesgos medioambientales como parte de los programas de pruebas de resistencia, tanto en el marco del método basado en calificaciones internas como en el basado en modelos internos, en el marco de la revisión fundamental de la cartera de negociación.

La EBA también anima a las agencias de calificación crediticia a incluir los factores medioambientales y sociales en sus evaluaciones y que los bancos precisen si los factores medioambientales y sociales provocan pérdidas operativas.

20 de octubre de 2023:

La Comisión Europea ha adoptado un Reglamento Delegado que contiene Normas Técnicas de Reglamentación que complementan el Reglamento 575/2013/UE (RRC).

La norma establece un método directo y otro progresivo para desarrollar los escenarios extremos de perturbación futura para los factores de riesgo no modelizables.

El método directo requiere desarrollar el escenario extremo de perturbación futura para un determinado factor de riesgo no modelable.

Esto debe hacerse calculando la medida del déficit esperado de las pérdidas que se producen al variar ese factor de riesgo según sus niveles históricamente observados durante un periodo de tensión.

El método progresivo requiere que las entidades hagan lo mismo calculando una medida del “expected shortfall” sobre los rendimientos observados para el factor de riesgo no modelable, y calculando la pérdida derivada de ese factor de riesgo identificada por esa medida del “expected shortfall” calculada.

20 de octubre de 2023:

El BCE ha publicado su informe final sobre buenas prácticas en materia de gobernanza y gestión del riesgo de crédito de contraparte (RCC).

El BCE afirma que las respuestas recibidas indican que no se plantearon problemas significativos sobre las propuestas de consulta previa y que la mayoría de los consultados simplemente solicitaron aclarar algunas de las prácticas expuestas.

El BCE aconseja a las empresas que consideren el informe junto con el marco prudencial pertinente. Aunque la aplicación rigurosa del marco regulador es crucial, el BCE subraya que espera que las entidades vayan más allá del mero cumplimiento de los requisitos mínimos al diseñar los enfoques de gestión y control del riesgo de RCC. Asimismo, aconseja que el enfoque sea proporcional a la escala y complejidad de la actividad, los productos ofrecidos y la naturaleza de las contrapartes.